La zona azul se suspende temporalmente

El Consistorio recuerda las limitaciones para desplazamientos

Zona azul centro Córdoba. Foto: insitu diario
Zona azul centro Córdoba. Foto: insitu diario

El Ayuntamiento de Córdoba suspende temporalmente el servicio público de ordenación y regulación del aparcamiento (ORA) de vehículos en las vías públicas municipales, mientras dure la declaración del estado de alarma, inicialmente acordada por quince días naturales., según informa el Consistorio en una nota.

La zona de residentes es insuficiente para el aparcamiento de las personas que residen en Zona ORA y que durante el estado de alarma, y como medida de prevención para contener la pandemia del coronavirus (Covid-19), deben permanecer en sus viviendas sin salir a la calle y por tanto, sin mover sus vehículos, que pueden estar estacionados en la zona de uso general en horario nocturno. Por ello, el Ayuntamiento ha propuesto la suspensión temporal de la prestación del servicio público de ordenación y regulación del aparcamiento de vehículos en las vías públicas hasta el plazo de la declaración de estado de alarma.

Cabe recordar que durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada

Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para la reposición en gasolineras o estaciones de servicio.