El Poder Judicial insta a los jueces a no señalar juicios para agosto pese al decreto del Gobierno que lo permitía

Los turnos de vacaciones de los magistrados estarán ultimados antes del 1 de junio

REDACCIÓN – INSITU DIARIO

A punto de retomar la actividad en los juzgados y tribunales, la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido instar a jueces y magistrados a concentrar el disfrute de las vacaciones en agosto y no señalar vistas en durante ese mes a pesar de que el Ministerio de Justicia contemplaba en el Real Decreto Ley llamado plan de choque habilitar del 11 al 31 de agosto para la celebración de juicios y actos judiciales, una medida cuestionada por abogados y procuradores.

El órgano de gobierno de la judicatura recomienda -«sin perjuicio de las competencias que corresponden a jueces y magistrados»- limitar en lo posible las vistas orales, sin perjuicio de aquellas que deban celebrarse en atención a su urgencia; comunicar a las partes los señalamientos para dicho periodo con la suficiente antelación, preferiblemente antes del 15 de junio, así como reducir al mínimo esencial la práctica de notificaciones cuyo plazo precluya entre el 11 y 31 de agosto.

El CGPJ esgrime que a fin de dar cumplimiento al decreto, que establece que todas las instancias concernidas “adoptarán de forma coordinada, en sus respectivos ámbitos de competencia, las medidas necesarias para la distribución de las vacaciones”, las salas de gobierno de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia aprobarán antes del 1 de junio el régimen de permanencia de los jueces y magistrados durante el periodo ordinario de disfrute de las vacaciones».

Como criterio se utilizará «en primer lugar, la concentración en el mes de agosto del periodo de disfrute de vacaciones de jueces y magistrados para poder intensificar en los meses de julio y septiembre la celebración de juicios y comparecencias». El texto aprobado añade que también se tendrá en cuenta que durante agosto «deben quedar debidamente cubiertos las salas de vacaciones, servicios de guardia y todos aquellos órganos judiciales que sean necesarios para atender las actuaciones declaradas urgentes previamente por las leyes procesales».