La Junta llama a trabajar el miércoles al 60% de la plantilla de los juzgados

Lucena, Puente Genil y Posadas tendrán turno de tarde

Ciudad de la Justicia de Córdoba/ foto: RAM
Ciudad de la Justicia de Córdoba/ foto: RAM

REDACCIÓN – INSITU DIARIO

Enésima modificación del plan para reactivar los juzgados y tribunales. Si a última hora del lunes se decidió que no se contaba con los informes de seguridad sanitaria suficientes para la reincorporación de hasta el 70% de la plantilla, prevista para el 26 de mayo, la Junta de Andalucía da una nueva vuelta de tuerca y resuelve que será este miércoles cuando se produzca ese reingreso de los trabajadores a sus puestos laborales.

En una resolución a la que ha tenido acceso Insitu Diario, se establece que a excepción de los órganos que estén en funciones de guardia (juzgado, fiscalía e Instituto de Medicina Legal) «será necesaria una presencia del 60% por ciento de la plantilla efectiva» y que «en el caso del Registro Civil este porcentaje se podrá elevar hasta la totalidad de la plantilla». Además, «se establecerán turnos de tarde cuando el número de funcionarios que acuda a cubrir el turno de trabajo impida garantizar el mantenimiento de las medidas de seguridad«. Esta orden afecta a tres partidos judiciales cordobeses: Posadas, Lucena y Puente Genil. Los juzgados de estas circunscripciones, por tanto, permanecerán abiertos en horarios de mañana y tarde.

La Consejería de Justicia dicta a este respecto que «el turno de mañana siempre contará con una dotación superior al del turno de tarde. Como regla general, y siempre que lo permitan las recomendaciones sanitarias, en el turno de mañana asistirá entre el 70 y el 80% del personal que deba acudir de forma presencial, y en el de tarde entre el 20 y el 30%». Los horarios del turno de mañana será de seis horas entre las 7:30 y las 14:00 horas, y el de tarde de cuatro horas y treinta minutos entre las 15:00 y las 20:00 horas.

En el horario de tarde «no se prestará con carácter general servicio de atención al público o profesionales sin perjuicio de su procedencia cuando se haya acordado previamente la celebración de actuaciones cuando se haya acordado previamente la celebración de actuaciones en ese horario».

La Junta justifica estas medidas al asegurar que «los nuevos acontecimientos que se van suscitando, y las diversas medidas que se van adoptando desde las distintas Administraciones Públicas, tendentes, por un lado a prevenir el incremento del número de contagios, y por el otro, adaptarnos a los nuevos escenarios que marcan la evolución de la enfermedad, hacen necesario actualizar y complementar las medidas para el personal de la Administración de Justicia».

El retorno a la actividad ordinaria de juzgados y tribunales está diseñado para que se lleve a cabo en cuatro fases sucesivas y este martes se encaraba la segunda de ellas, que supondría que el porcentaje de personal que atendería los turnos (60-70%) se calcularía sobre la plantilla efectiva de cada órgano o servicio, incluyendo a los funcionarios de gestión procesal y administrativa, los funcionarios de tramitación procesal y administrativa y los de auxilio judicial. Así se reflejaba este plan en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado sábado.