REDACCIÓN – INSITU DIARIO
Si el Gobierno consigue que el Congreso de los Diputados dé vía libre a una prórroga de 30 días del estado de alarma, los juzgados y tribunales reanudarán los plazos procesales, de prescripción y administrativos el próximo 4 de junio, después de 83 días en los que solo se han atendido los asuntos urgentes. Estos plazos fueron suspendidos el 14 de marzo en el real decreto ley que declaraba el estado de alarma.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha hecho este anuncio tras el Consejo de Ministros del martes, y ha añadido que «se deroga la disposición adicional segunda» de la orden, en la que se incluía que “se suspenden los términos y se interrumpen los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales”.
El Consejo General de Colegios de Abogados señala en su página web que «los términos y plazos previstos en las leyes procesales que hubieran quedado suspendidos por el estado de alarma, volverán a computarse desde su inicio, siendo por tanto el primer día del cómputo el siguiente hábil a aquél en el que deje de tener efecto la suspensión del procedimiento correspondiente».