Una firma que recurre multas logra una anulación a la DGT por un fallo de radar

El cinemómetro debería haber captado dos fotografías diferentes del vehículo

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº5 de Córdoba ha anulado una multa de tráfico impuesta por un radar fijo, debido a “no existir dos fotografías tomadas en diferentes instantes”, así lo ha comunicado Dvuelta, asociación de ayuda a los automovilistas a Insitu Diario.

La sentencia se llevó a cabo el seis de marzo de 2018 donde una firma que recurre multas logra una anulación a la DGT por un fallo de un cinemómetro. Según se expone en la sentencia, para multar deben existir dos capturas en diferentes tiempos, es decir, una fotografía general del vehículo y una de la matricula. En este caso, existe una imagen general y una ampliación de la matrícula de la fotografía general.

En el caso de existir una sola fotografía, para proceder a sanción debe existir un agente que corrobore en ese mismo instante que existe infracción. Al no darse ninguno de estos dos caso el contencioso nº5 de Córdoba ha fallado que da la nulidad de la sanción y condena a la DGT a pagar las costas del juicio.